El Gobierno ratificó que los eventos privados no tendrán que pagar a SADAIC

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Este jueves, el Gobierno nacional reafirmó que los salones y establecimientos que pasen música en eventos privados no tienen que pagar derechos de autor a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC). La administración de Javier Milei había modificado la normativa a finales de agosto a través del Decreto 765/2024.

Esta ley protege el derecho de autor sobre las distintas expresiones y culturales, y asegura que los autores de obras literarias, musicales, dramáticas y cinematográficas, entre otras, tengan el control sobre el uso de sus creaciones, permitiéndoles autorizar o prohibir la reproducción, distribución y ejecución pública de las mismas.

Mariano Cúneo Libarona, encargado del Ministerio de Justicia, informó a SADAIC, entre otras sociedades, que «no existe representación o ejecución pública cuando la misma se desarrolla en un ámbito privado, sea este de ocupación permanente o temporal».

El escrito además detalla que «sin importar que sea una obra musical o cinematográfica, discos, films sonoros, transmisiones radiotelefónicas y su retransmisión o difusión por altavoces la que se efectúe por ejecutantes o por cantantes, así como también la que se realice por medios mecánicos, electrónicos o digitales, incluyendo Internet».

Así mismo, definió el concepto de «ámbito privado» como los «domicilios particulares u otros equivalentes» y también los «lugares privados de acceso público cuyo ingreso se encuentre restringido debido al desarrollo de eventos en condiciones de privacidad y reserva».

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