AFIP actualizó el monto a partir del cual los bancos y billeteras virtuales deben informar las transacciones

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos a partir de los cuales los bancos y las billeteras virtuales deben informar las transacciones, saldos y consumos. Además, ahora se actualizarán por inflación cada seis meses.

En el caso de las acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas, el monto mínimo se elevó de $200.000 a $700.000. En el supuesto de consumos con tarjetas de débito del titular y adicionales, se elevó de $120.000 a $400.000.

El organismo a cargo de Florencia Misrahi justificó la medida en el hecho de que está «abocado a la simplificación de procesos en beneficio de los contribuyentes, a través de la instrumentación de mecanismos tendientes a mejorar sus regímenes de información».

Por otra parte, también subieron los montos previstos en la Resolución General N° 4614, que establece el régimen de información para los sujetos que administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales, incluidos los proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago. En este grupo están firmas como Mercado Pago, MODO, Personal Pay y Ualá, entre otras.

En el supuesto de ingresos o egresos totales, el monto se eleva de $120.000 a $400.000 y los saldos mensuales de $200.000 a $700.000. Asimismo, para ambos regímenes de información se prevé una cláusula de actualización cada seis meses sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que publica el INDEC.

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